Todas las respuestas sobre el protocolo anticontaminación de Madrid

Todas las respuestas sobre el protocolo anticontaminación de Madrid

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¿Tienes preguntas sobre el protocolo anticontaminación de Madrid? ¿Cuánto dura? ¿Qué restricciones existen? ¿Hay vehículos exentos? ¡Aquí tienes todas respuestas!

¿Cuándo se activa el protocolo?

Son dos factores los que se tienen en cuenta, el nivel NO2 y las previsiones meteorológicas. De hecho, el protocolo del ayuntamiento de Madrid establece unos límites de concentración de NO2 más restrictivos que los previstos en la legislación vigente. Cuando se superan dichos límites, se cotejan con los informes de la Agencia Española de Meteorología. Cuando coinciden la superación de dichos niveles y la previsión meteorológica es desfavorable (lo que significa que n vaya a haber condiciones que puedan disipar el NO2,, como la presencia de lluvia o viento), se activa el protocolo.

 

¿Qué escenario o medidas contempla el protocolo anticontaminación?

Se establecen cuatro escenarios distintos, que incluyen todas ellas medidas de información y de promoción del transporte público:

Escenario 1

Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M30 y accesos.

Escenario 2

Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M30 y accesos.

Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) dentro de la M30.

Escenario 3

Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M30 y accesos.

Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del SER dentro de la M30.

Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (dentro de la M30) del 50% de todos los vehículos: en días pares, podrán circular los vehículos cuya matrícula acabe en número par; en días impares, los aquellos vehículos cuya matrícula acabe en número impar.

Escenario 4

Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M30 y accesos.

Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del SER dentro de la M30.

Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (dentro de la M30) del 50% de todos los vehículos: en días pares, podrán circular los vehículos cuya matrícula acabe en número par; en días impares, los aquellos vehículos cuya matrícula acabe en número impar.

Restricción de la circulación por la M30 del 50% de todos los vehículos: en días pares, podrán circular los vehículos cuya matrícula acabe en número par; en días impares, los aquellos vehículos cuya matrícula acabe en número impar.

Restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (dentro de la M30).

 

¿Cuánto duran las restricciones?

Todo depende de la evolución de los niveles de NO2 y de las previsiones meteorológicas. Hay un límite establecido para tomar decisiones respecto a las medidas a tomar al día siguiente, las 12 horas del mediodía, salvo en el caso del límite de velocidad del Escenario 1, que se aplicará a las 6 de la mañana.

 

¿En qué horario se aplican las medidas?

Para las medidas de limitación del tráfico:

  • La limitación de velocidad a 70 km/h se aplica a partir de las 6 de la mañana del día de entrada en vigor y termina con el cese del episodio de contaminación.
  • Las medidas de restricción de circulación, a partir de las 6:30 y hasta las 21 horas.
  • Las medidas de restricción del aparcamiento en zona SER en su horario, de 9 a 21 horas de lunes a viernes y de 9 a 15 los sábados.

 

Para las medidas de restricción al aparcamiento:

Dentro del horario SER, es decir:

  • Lunes a viernes, no festivos: de 9:00 a 21:00 horas.
  • Sábados: de 9:00 a 15:00 horas.
  • Mes de Agosto (de lunes a sábado, no festivos): de 9:00 a 15:00 horas.
  • Los días 24 y 31 de diciembre: de 9:00 a 15:00 horas.
  • Domingos y festivos: Sin servicio.

¿Qué vehículos están exentos de cumplimiento?

Sólo aquellos que tengan el certificado ECO de la DGT, es decir, los vehículos híbridos y los propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido. Eso sí, si se restringe el tráfico en el centro o en la M30 podrán seguir circulando, pero no aparcar en zona SER.

En cuanto a los vehículos eléctricos, estarán exentos siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid ,y podrán aparcar en zona y horario SER cuando esté prohibido, así como circular siempre por la almendra central y la M30.

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