Sobre todo, que no pase el tiempo. Por lo visto, la Dirección General de Tráfico (DGT) está a puntito de enviar una carta a muchos de los conductores españoles, con el fin de ponerles al día sobre la modificación en la normativa sobre el límite de tiempo disponible para dar de baja temporal a un vehículo.
La nueva normativa prevé bastantes novedades sobre qué hacer con nuestros los vehículos cuando finalizar su vida útil. Entre las más importantes está establecimiento de un nuevo limite temporal para las bajas temporales de vehículos, que ahora será de un año y que se activaría siempre desde la fecha de la solicitud. Esto significa que, si cuando pase el año, no se solicita la prórroga de la baja, el vehículo pasará de forma automática a estar en situación activa, con lo que se generarían de nuevo las obligaciones tributarias y administrativas que toquen en ese momento. Es importante recordar, además, que las prórrogas del plazo se solicitarán en la Jefatura de Tráfico de nuestra zona, con un mínimo de 2 meses de antelación.
Esta nueva medida busca prevenir el excesivo empleo de la baja temporal por parte de muchos talleres, y que se utilizaba para esquivar la obligación de llevar nuestro vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).